Principio de acuerdo para la modificación de la relación laboral del empleo en el hogar familiar

El Gobierno y las organizaciones sindicales mayoritarias han alcanzado un principio de acuerdo para la modificación de la regulación laboral de carácter especial en el hogar familiar, actualmente contenida en el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto.

La nueva regulación, que tiene prevista su entrada en vigor a principios de 2012, pretende mejorar las condiciones de trabajo de las personas empleadas en el hogar familiar, regularizar el empleo no declarado y «poner fin a la desprotección social y laboral» según ha declarado el Ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, en la presentación de este acuerdo.

Entre las novedades que incluirá la nueva regulación destacan, en materia de formalización del contrato y acceso al empleo, la posibilidad de llevar a cabo ésta a través de los servicios públicos de empleo o por medio de agencias de colocación, y la obligatoriedad de la formalización por escrito, frente a la actual posibilidad de celebración por escrito o verbalmente, eliminándose, también, la presunción de duración anual en caso de pacto expreso, previsto por la regulación en vigor.

Por otra parte, se rebaja la cuantía máxima de retribución en especie del 45% del salario total al 30%. Además, se ampliará el descanso entre jornadas a doce horas (en lugar de las diez u ocho actuales dependiendo de la pernocta del empleado en el hogar familiar), elevándose el mínimo tiempo de descanso a diez horas (frente a las ocho horas actuales).

En cuanto a la finalización de la relación laboral, se mantiene el desistimiento del empleador como causa de extinción del contrato, pero incorporando la necesidad de comunicar esta circunstancia expresamente, y se ampliará la indemnización, en caso de extinción por expiración del tiempo convenido, de siete a doce días de salario por año de servicio.

Se prevén, igualmente, mejoras en materia de Seguridad Social, mediante la incorporación de los trabajadores regulados por esta relación laboral especial en el Régimen General de la Seguridad Social y la cotización en función de las horas efectivamente trabajadas, aunque se difiere para el futuro el estudio de la implantación a este colectivo de una prestación por desempleo

Fuente: Lex Nova

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Los contratos temporales inferiores a seis meses podrían convertirse en fomento del empleo

Según informa EurpaPress el Gobierno y los Agente Sociales se plantean promover “experiencias piloto” para desarrollar a medio plazo un modelo de formación dual que se combine con un empleo.

El Gobierno y los agentes sociales se están planteando permitir que los empresarios puedan convertir contratos temporales en contratos de fomento de la contratación indefinida, con un indemnización por despido de 33 días, hasta el 31 de diciembre de 2012, siempre y cuando la duración de los mismos no exceda de los seis meses.

Según fuentes próximas a la negociación de las partes en la mesa del empleo, este límite temporal se fijaría para aquellos contratos temporales, incluyendo los vinculados a la formación, que se hayan celebrado a partir del 1 de agosto de este año. La duración máxima de seis meses no será de aplicación a los contratos formativos.

El contrato con una indemnización de 33 días podría formalizarse además para los contratados temporales antes del 1 de agosto de 2011, si bien la conversión se limita hasta el 31 de diciembre de 2011.

De esta forma, el Ejecutivo, los sindicatos y la patronal ultiman ampliar la fecha de formalización de los contratos temporales, que ahora se limitaba al 18 de junio de 2010, y cuya bonificación para transformarse a contratos de fomento del empleo indefinido expiró el pasado 31 de diciembre de 2010.

Las tres partes están debatiendo también establecer un “guión” para determinar cómo favorecer el empleo juvenil, dada la elevada tasa de paro del colectivo, que supera el 40% de esta población.

Los documentos intercambiados en la mesa del empleo admiten el “riesgo de descuelgue” de una generación, por lo que persiguen que la estrategia de empleo pueda ofrecer una atención personalizada para los jóvenes.

Así pues, se plantean promover algunas “experiencias piloto” para desarrollar a medio plazo un modelo de formación dual, similar al aplicado en Alemania, en el que se combine la contratación laboral en una empresa con la formación en un centro educativo o formativo. Además, esta experiencia laboral serviría para obtener un certificado de profesionalidad.

PRÁCTICAS NO LABORALES

Dentro de este paquete de medidas a implantar se incluye procurar prácticas no laborales destinadas a facilitar la transición desde el aula al puesto de trabajo. Los Servicios Públicos de Empleo ganarían protagonismo para garantizar la oferta y supervisar y reconocer estas prácticas como “primera experiencia” en el mercado de trabajo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración y los agentes sociales también manejan, a propuesta del Gobierno, que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) financie ocho días de la indemnización por despido.

FINANCIACIÓN DE 8 DÍAS DE INDEMNIZACIÓN

La reforma laboral estableció un régimen transitorio por el cuál el Fogasa se haría cargo de esa parte de las indemnizaciones en el caso de los despidos tanto procedentes como improcedentes, excepto los disciplinares, en el caso de contratos indefinidos, a la espera de la configuración del ‘modelo austríaco’ en junio de este año.

El Gobierno ha mantenido que el Fogasa pague parte de la indemnización en los despidos improcedentes sólo hasta el 31 de diciembre de este año, que en el caso de los procedente se ampliará hasta 2013, cuando se prevé implementar el modelo austriaco.

MÁS EMPLEADOS PARA EL FOGASA

Otra novedad planteada por el Gobierno es la de considerar que la plantilla del Fogasa debería ser “reforzada” para atender el aumento de solicitudes derivado de la crisis.

Así, en función del volumen de empleados beneficiarios de las prestaciones del Fogasa, provenientes de empresas abocadas a cerrar por impago, se fijaría que cada trabajador del organismo tramitara las solicitudes anuales de 596,72 empleados.

A partir de ese criterio y atendiendo a un incremento de nuevas prestaciones, se concreta que la plantilla del Fogasa se ampliaría en una media de 84 nuevos empleados al año.

 

Fuente: EuropaPress y La Voz Libre

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El Gobierno suprime el abaratamiento del despido

El Gobierno propuso el pasado 30 de Junio a la patronal y a los sindicatos suprimir la subvención de ocho días de indemnización en los despidos improcedentes que, desde el pasado día 25, corre a cargo del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Es decir que, con el rápido cambio de opinión del Ejecutivo, el Fogasa dejará de abonar 8 de los 45 días de indemnización por despido improcedente en el contrato indefinido ordinario, y 8 de los 33 días en la fórmula de fomento del empleo indefinido.

Por lo tanto, sólo mantendrá la subvención para el empresario de 8 de los 20 días de la compensación que debe pagar al trabajador en el despido procedente.

El Gobierno propuso mantener esta última ayuda hasta el 31 de diciembre de 2013, y aplicar esta reforma de manera inmediata mediante una enmienda a una de las leyes laborales que han iniciado su tramitación en el Parlamento. Por ejemplo, en las reformas de la Seguridad Social, de la negociación colectiva o en las normas de jurisdicción social y de las políticas activas de empleo.

Así se lo comunicó la semana pasada la secretaria de Estado de Empleo, Mari Luz Rodríguez, a los representantes de la patronal CEOE y de los sindicatos CCOO y UGT. La medida suscitó la protesta de la Confederación Empresarial que, a expensas de un estudio más pausado de la situación, piensa responder públicamente al Gobierno.

La patronal considera que “el Gobierno se ha cargado el abaratamiento del despido para las empresas que ha estado vendiendo en Bruselas”.

En consecuencia “es sorprendente y llena de perplejidad que, en pocos días, el Ejecutivo rectifique en una de las medidas más destacadas de la reforma laboral”. Primero, porque “entierra” el modelo austriaco de indemnización por despido, plan de pensiones o bolsa para la formación del trabajador y, en segundo lugar, y anula la propia rebaja de costes para las empresas.

El Gobierno considera que no se podía pagar este tipo de prestación, porque costaría unos 7.400 millones de euros y obligaría subir las cotizaciones de las empresas.

El secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, subrayó que esta propuesta supone “una restitución parcial respecto a la reforma laboral”, ya que los sindicatos “rechazábamos que se subsidiase el despido, y menos el improcedente”.

El dirigente de UGT explicó que “no es de recibo que se dediquen fondos públicos a subvencionar una decisión del empresario que la Administración o el juez ha considerado no ajustada a derecho”.

Fuente: Ticpyme.es

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El FOGASA comenzará a pagar 8 días de salario a los trabajadores despedidos

El Consejo Rector del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) ha aprobado las instrucciones para que este organismo pueda resarcir a las empresas con una cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio en la indemnización que corresponda a un trabajador cuando se extinga un contrato indefinido.

Este resarcimiento se referirá a contratos indefinidos con una duración superior a un año, tanto ordinarios como de fomento de la contratación indefinida, celebrados con a partir del 18 de junio de 2010 y que sean extinguidos por despidos colectivos, objetivos o en situaciones de concurso.

El presupuesto del FOGASA contempla una cantidad superior a los 100 millones de euros para cumplir con este mandato. CCOO y UGT se han mostrado contrarios a dichas Instrucciones porque en ellas se constata que en los supuestos de despido objetivo, el FOGASA abonará parte de la indemnización que corresponde pagar al empresario, con el único requisito de que éste aporte la carta de despido en la que se recoja como causa del mismo alguna de las previstas en el artículo 51 del ET. Es decir las Instrucciones dejan claro que se financiará el despido al margen de que haya sido reconocido improcedente por el empresario o por resolución judicial, confirmándose que el dinero público se utilizará para pagar los despidos sin causa.

Entienden los sindicatos que con la financiación de los despidos sin causa, se está apoyando y fomentando mediante dinero público una conducta antijurídica que además choca con el derecho al trabajo “que obliga a los poderes públicos a promover la estabilidad en el empleo, obligación que coordina mal con una financiación pública de los despidos improcedentes”, y afirman que el pago por el FOGASA de la parte de la indemnización por despido, va a suponer en el transcurso de pocos años una situación insostenible, pues ciertamente en un futuro cercano, sin incrementar las aportaciones empresariales, la disponibilidad presupuestaria del FOGASA no podrá hacer frente a las distintas prestaciones previstas legalmente.

Fuente: Web de Asesores Martín González

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