145 detenidos por hacer falsos contratos de trabajo para cobrar el paro

Agentes de la Policía Nacional han detenido a 145 personas e imputado a otras 275 por delitos de falsedad documental y fraudes a la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo (SPEE), ascendiendo la cuantía de lo defraudado a 7.806.708 euros.

Empresas relacionadas con la construcción, los servicios de limpieza y la jardinería, habían sido creadas únicamente con la intención de tramitar altas de falsos trabajadores para que pudieran percibir prestaciones por desempleo o subsidios. Entre los arrestados figuran administradores de las mercantiles ficticias y falsos empleados que habían pagado para ser contratados y así poder optar a las ayudas.

Las investigaciones se iniciaron tras detectarse 19 empresas inscritas en el Régimen General de la Seguridad Social carentes de actividad laboral, real y efectiva. Con estas informaciones, recibidas del Servicio de Prevención de Delitos Económicos de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cataluña, se llevaron a cabo averiguaciones y se solicitaron a la Tesorería General de la Seguridad Social datos relativos a las mercantiles investigadas.

Actividad cero

Del análisis de la documentación analizada y de los datos obtenidos en diferentes registros públicos, se ha podido determinar que la práctica totalidad de estas empresas, dedicadas supuestamente a actividades de construcción, servicios de limpieza y jardinería, se habían creado con la única finalidad de defraudar a la Seguridad Social, principalmente al Servicio Público de Empleo, mediante la obtención irregular de prestaciones o subsidios por desempleo. Solamente dos de las mercantiles investigadas habían tenido actividad real, aunque también habían sido utilizadas por sus administradores ilícitamente para los mismos fines. Además del fraude derivado del cobro irregular de subsidios, las mercantiles tampoco satisfacían el pago de las cuotas de seguros sociales de los empleados dados de alta.

Doble objetivo: prestaciones por desempleo y regularización

Con toda la información disponible, se solicitaron al SPEE los expedientes por desempleo de los trabajadores que presuntamente habían simulado una relación contractual con las empresas investigadas. La mayoría de estos contratos correspondían a personas extranjeras que, en muchos casos, además de obtener un beneficio económico percibiendo de forma irregular un subsidio, también pretendían regularizar su situación en España.

La cantidad defraudada asciende por el momento a 7.806.708 millones de euros, 4.821.246 de ellos por impagos a la Tesorería General de La Seguridad Social y 2.985.462 mediante subsidios percibidos ilícitamente del Servicio Público de Empleo Estatal. Por el momento no se ha podido cuantificar el montante total del fraude al SPEE, al estar pendiente el estudio de una parte de los expedientes de desempleo y las certificaciones individualizadas de lo cobrado indebidamente por cada uno de los “falsos trabajadores”.

Las investigaciones se han llevado a cabo por agentes de la Sección de Investigación de la Seguridad Social de la Brigada de Delincuencia Económica de la UDEF central (Comisaría General de Policía Judicial), de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras y de la Jefatura Superior de Policía de Cataluña.

Fuente: Lexdiario.es

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El Gobierno permitirá crear empresas con un solo euro de capital social

Objetivo: generar actividad y empleo. Esa es la máxima con la que una comisión interministerial trabaja desde hace semanas para tener listo antes de Semana Santa el anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, primero y la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría después, confirmaron que será una de las reformas que se ponga en marcha antes, vistas las escalofriantes cifras de paro.

Además, fuentes cercanas al proyecto admiten que desde Bruselas se ha insistido al Ejecutivo español para que agilice los trámites que siguen siendo necesarios para constituir una empresa. España es el 150 país del mundo donde es más fácil iniciar una actividad empresarial, o lo que es lo mismo, que se encuentra en el furgón de cola de esa clasificación. Con la futura ley de emprendedores se quiere poner fin a esa situación. Así, a partir de su entrada en vigor se podrá constituir una sociedad con un euro de capital social, algo que ahora no es posible con la regulación española y, sin embargo, sí funciona en otros países.

Mientras que en España el capital social mínimo que se requiere para crear una sociedad limitada es de 3.000 euros, la UE permite la constitución de empresas con solo un euro con ciertas cautelas. Fuentes cercanas al proyecto explican a CincoDías que esos límites consistirán en que los propietarios de la empresa no puedan repartir dividendo ni conceder créditos a terceros mientras la compañía no esté convenientemente capitalizada. “Se trata de facilitar la creación de empresas y que el no disponer de dinero no sea un impedimento. Por eso, se permitirá que cualquier empresario pueda ponerse en marcha con un euro y después vaya desembolsando el capital social restante poco a poco, ya que existen datos que confirman que los primeros cinco años de actividad es cuando existe más riesgo de fracaso”, explican las mismas fuentes. Unida a esta nueva exigencia, la ley tratará de reducir todas las licencias administrativas que después hacen falta, una vez constituida la sociedad, para poder desarrollar la actividad.

La ley de unidad de mercado ha tratado ya de poner cierto orden para que una misma actividad no deba ser autorizada en cada una de las 17 comunidades autónomas, pero lo cierto es que muchos expertos coinciden en que de muy poco sirve que se permita la creación de empresas online sin apenas trabas, si después la concesión de licencias se eterniza en el tiempo y es muy cara. El anteproyecto de ley apostará por la sustitución progresiva de esas licencias por meras declaraciones de responsabilidad de los nuevos empresarios. Este mecanismo, no obstante, también tiene sus peros, ya que obliga a las administraciones a poner en marcha servicios de inspección muy potentes.

Una vez creada la nueva empresa, ¿cuál es el problema que más preocupa y al que deben enfrentarse los emprendedores? Las asociaciones de autónomos lo tienen claro: la financiación.

Ingresos futuros

La futura ley también tiene previsto actuar sobre ello. De hecho, contempla un impulso a las entidades de capital riesgo, la sociedades de garantía recíproca e incluso prevé la creación de fondos de capital riesgo mixtos público-privados.

Además de los incentivos y exenciones fiscales que tiene previsto incluir la ley para el inicio de la actividad emprendedora, el Gobierno pretende generar un mercado de pagarés donde las pequeñas y medianas empresas puedan obtener financiación, a través de pequeñas emisiones de deuda, ahora que los canales tradicionales de crédito se encuentran todavía cerrados para la inmensa mayoría. No ha prosperado, en cambio, la idea de generar un portal administrativo controlado y regulado donde las pymes que quieran vender su negocio pudieran ofrecerse a sus potenciales compradores.

Sí parece haber gustado, y mucho, una propuesta realizada por los registradores de la propiedad. Se trata de avanzar hacia una ley de garantías mobiliarias. “Es pasar de la hipoteca inmobiliaria a la mobiliaria, donde las garantías no tienen nada que ver con viviendas, suelo o cualquier otra clase de inmueble, sino con ingresos futuros, licencias, o subvenciones, entre otros”, explican fuentes de los registradores. En el sector del taxi, por ejemplo, comienzan a suscribirse créditos donde la garantía que aporta el titular es solo la licencia, lo cual le permite no tener que aportar su casa, que probablemente ya estará hipotecada. Pero es que se puede hacer casi con todo. Los agricultores pueden aportar como garantías las cosechas futuras, los farmacéuticos, su licencia o los clubes de fútbol los ingresos por venta de camisetas. Los defensores de este sistema han remitido su propuesta al Ejecutivo y ésta ha tenido tanto éxito que el Gobierno ya ha pedido más información. Todo con tal de que quien tenga una idea, pueda llevarla a efecto.

Fuente: Cinco Días

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Más de 75.000 nuevas empresas y autónomos se ahorrarán cada año 280 millones con la bajada de impuestos

Según aseguran desde Hacienda, más de 75.000 nuevas empresas y autónomos se ahorrarán 280 millones de euros cada año en impuestos con la reducción tributaria aprobada el pasado Consejo de Ministros: el viernes se aprobó el Real Decreto-ley 4/2012 de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo al crecimiento económico, entre cuyo abanico de medidas de orden social, laboral, tributario y económico, figura un nuevo régimen de tributación reducida para sociedades de nueva creación y autónomosdurante los dos primeros ejercicios de actividad con resultado positivo.

El tipo general de tributación de las sociedades es del 30%. Las empresas con una cifra de negocio menor de 10 millones de euros, tienen una tributación reducida con un tipo de gravamen del 25%, para los primeros 300.000 euros de base imponible y del 30% para el exceso del importe.

A partir de ahora, además, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% para esos primeros 300.000 euros durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos. El exceso tributará al 20%, frente al 30% de tipo general de gravamen del impuesto de sociedades, también durante los dos primeros ejercicios positivos.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas  ha estimado que el número debeneficiarios potenciales por esta medida superará las 20.000 empresas cada año, siendo el coste para el erario o, desde otro punto de vista el ahorro fiscal para los contribuyentes, de 270 millones de euros al año.

Autónomos

Por otra parte, otra medida aprobada permite que los autónomos que inicien una actividad económica puedan aplicarse también en el IRPF una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que obtengan resultados positivos (rendimiento neto positivo). En este caso el número de beneficiarios potenciales es superior a los 55.000 cada año, con un ahorro fiscal de 10 millones de euros al año.

En tercer lugar el Real Decreto-ley 4/2012 publicado el sábado recoge también medidas de fomento del autoempleo en el régimen de autónomos. Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos solo hasta 15.500 euros).

Se estima en 21.000 los beneficiarios de esta tercera medida, aunque parte de ellos estarán integrados también en la primera y segunda medida (deciden cobrar el seguro de paro de una sola vez para crear una empresa o instalarse como autónomos).

Fuente Lexdiario.es

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Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. ESTÍMULOS A LA CONTRATACIÓN

En el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado se publicó el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en el que se contienen una serie de medidas de distintos ámbitos que serán objeto de posteriores artículos individualizado para cada materia.

Dentro del elenco de medidas contenidas en dicha norma, comenzaremos por analizar los “estímulos a la contratación” . El departamento laboral de Martín González Asesores ha elaborado un resumen de dichos estímulos que dada su importancia y la repercusión que estos estímulos pudieran tener de cara a contrataciones futuras.

1 CONTRATACION A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA

Requisitos trabajadores:

  • Desempleados menores 30 años
  • No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a 3 meses.
  • Proceder de otro sector de actividad
  • Desempleado e inscrito en la oficina de empleo ininterrumpidamente al menos 12 meses durante los 18 anteriores a la contratación.
  • Compatibilizar el empleo con la formación o haberla cursado en los 6 meses previos.
    • La formación no tiene que estar vinculada al puesto de trabajo y puede ser acreditable oficial o promovida por los Servicios Públicos de Empleo o ser formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de duración mínima de 90 horas anuales.

Contrato:

  • Indefinido o de duración determinada.
  • Jornada máxima 50 por cien.

Bonificaciones:

  • 100% cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes para empresas con plantilla inferior a 250 personas.
  • 75% cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes para empresas con plantilla superior a 250 personas.

Empresa:

  • No haber realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración del contrato.
  •  La limitación afectará únicamente a las extinciones producidas con posterioridad al 24 de febrero de 2013 y para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción y para el mismo centro o centros de trabajo.
  • Mantener el nivel de empleo alcanzado con el contrato durante, al menos, un período equivalente a la duración del contrato hasta un máximo de doce meses desde su celebración.

2. CONTRATACION INDEFINIDA DE UN JOVEN POR MICROEMPRESAS Y EMPRESARIOS AUTÓNOMOS.

Trabajadores:

  • Desempleado menor de 30 años

Contrato:

  • Indefinido, a tiempo completo o parcial

Bonificación:

  • 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
  • Primer año de contrato

Empresas:

  • Plantilla igual o inferior a 9 trabajadores
  • Inexistencia de vínculo laboral anterior con el trabajador
  • No haber realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración del contrato.
  • La limitación afectará únicamente a las extinciones producidas con posterioridad al 24 de febrero de 2013 y para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción y para el mismo centro o centros de trabajo.
  • No haber celebrado con anterioridad otro contrato de estas características que sólo se aplicarán a un contrato
  • Mantener en el empleo al trabajador contratado por un período mínimo de 18 meses, salvo que el contrato se extinga por causa no imputable al empresario o por resolución durante el período de prueba.
  • Mantener el nivel de empleo de la empresa alcanzado con el contrato durante al menos, un año desde la celebración del mismo.

3. CONTRATACION EN NUEVOS PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO JOVEN

Trabajadores:

  • Desempleado edad igual o superior a 45 años.
  • Inscritos ininterrumpidamente como desempleados en la oficina de empleo al menos durante 12 meses en los dieciocho anteriores o beneficiarios del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Contrato:

  • Indefinido.
  • A tiempo completo o parcial

Bonificación:

  • 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
  • Primer año de contrato

Empresas:

  • Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años.
  • Sin trabajadores asalariados que desde la entrada en vigor de esta norma contraten por primera vez de forma indefinida.
  • Mantener en el empleo al trabajador contratado por un período mínimo de 18 meses, salvo que el contrato se extinga por causa no imputable al empresario o por resolución durante el período de prueba.

 4PRIMER EMPLEO JOVEN

Trabajadores:

  • Desempleado menor de 30 años.
  • Sin experiencia profesional o inferior a 3 meses.

Contrato:

  • Temporales, siendo la causa del contrato la adquisición de una primera experiencia.
  • Duración mínima 3 meses, máxima 6 meses, salvo duración superior establecida en convenio.
  • A tiempo completo o parcial superior al 75 por cien de la jornada.

Bonificación:

  • Por transformación en indefinido una vez transcurridos mínimo 3 meses, bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 41,67€/mes (500€/año) durante 3 años, siempre que la jornada sea al menos el 50 por cien.
  • Para las mujeres la bonificación será de 58,33€/mes (700€/año).

Empresas:

  • No haber realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración del contrato.
  • La limitación afectará únicamente a las extinciones producidas con posterioridad al 24 de febrero de 2013 y para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción y para el mismo centro o centros de trabajo.
  • Mantener el nivel de empleo de la empresa alcanzado con el contrato durante al menos, doce meses desde la celebración del mismo.

5. CONTRATOS EN PRÁCTICAS PARA EL PRIMER EMPLEO

Trabajadores:

  • Menores de 30 años.
  • Con independencia de la terminación de los estudios (título universitario, formación de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes).

Contrato:

  • Temporal.
  • Duración mínima 6 meses, máxima 2 años.
  • Retribución la fijada en convenio colectivo o en su defecto el 60 y 75 por cien respectivamente durante el primer y segundo año de contrato del salario de un trabajador con la misma categoría.

Bonificación:

  • Reducción del 50 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante toda la vigencia del contrato.
  • Reducción del 75 por cien si el trabajador estuviese realizando prácticas no laborales de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1543/2011, en el momento de la concertación del contrato en prácticas.

6. ENTIDADES DE LA ECONOMÍA SOCIAL

Cooperativas o sociedades laborales.

  • Incorporación de menores de 30 años como socios trabajadores o de trabajo
  • Bonificación de 66,67€/mes.
  • Cooperativas que hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena.

Empresas de inserción

  • Contratación de menores de 30 años en situación de exclusión social.
  • Bonificación de 137,50€/mes durante toda la vigencia del contrato o 3 años en contratación indefinida.
  • Bonificaciones no compatibles con las previstas en el artículo 16.3ª) de la Ley 44/2007.

 

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Martín González Asesores

 

 

Empleo presenta a los agentes sociales los recursos para desarrollar la Estrategia de Empleo Joven

El Ministerio de Empleo tiene previsto reunirse este lunes con la patronal y los sindicatos para presentarles la memoria económica en la que se han de detallar los recursos disponibles para desarrollar la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, que vienen negociando de forma discreta desde finales de noviembre para lograr reducir el desempleo juvenil, actualmente superior al 55%.

Fuentes del departamento que dirige Fátima Báñez han explicado a Europa Press que, pese a que aún quedan por perfilar algunos contenidos de las alrededor de 100 medidas que incluirá la estrategia, lo avanzado de las negociaciones permiten entrar a valorar la memoria económica que los agentes sociales han venido reclamando durante las negociaciones.

No obstante, desde el Ministerio de Empleo recuerdan que la Estrategia será financiada con aportaciones del Estado y del Fondo Social Europeo y que, por el momento, aún no se conoce qué parte del plan correrá a cargo de la UE, con lo que es difícil aproximar cuál será la cuota de recursos nacionales a distribuir.

Así, fuentes de Empleo señalan, por ejemplo, que está pendiente que “en Bruselas se concreten la tipologías de beneficiarios y de acciones”, lo que, a su vez, permitirá fijar con exactitud cuál será el coste para el Estado de las bonificaciones de contratos para jóvenes que se barajan.

BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN.

Así, fuentes cercanas a la negociación señalan que se ha puesto sobre la mesa la posibilidad de bonificar las cotizaciones empresariales en las conversiones en indefinidos de contratos temporales efectuados a menores de 30 años con escasa experiencia laboral. En concreto, la idea es bonificar con 500 euros anuales las conversiones con varones menores de 30 años y con 700 euros las de mujeres jóvenes.

El mapa de las bonificaciones a la contratación en España quedó reducido a determinados colectivos cuando el pasado mes de julio el Gobierno decidió suprimir la mayoría y dejar aquellas que consideraba que tenían un mayor impacto.

Así, se mantienen las bonificaciones destinadas a la contratación de personas con discapacidad, así como a la contratación, a través del contrato de apoyo a los emprendedores creado en la reforma laboral, de jóvenes, mayores de 45 años parados de larga duración y mujeres.

Se mantienen igualmente las bonificaciones a la contratación de jóvenes que se constituyan como autónomos, y de personas que sustituyen a trabajadores en baja por maternidad y a víctimas de violencia de género.

El Gobierno cree que las bonificaciones tienden a ser más efectivas cuando se dirigen a colectivos con dificultades objetivas y especiales para acceder al mercado de trabajo. Esa misma tesis la sostienen los sindicatos, mientras que las organizaciones empresariales han dicho públicamente que no quieren este tipo de ayudas, sino normas más sencillas y menos modalidades de contratación.

SE BUSCA AUTOEMPLEO.

Con todo, a diferencia de otros paquetes de medidas para fomentar el empleo, éste muestra, desde su enunciado hasta las medidas que se han ido conociendo, una mayor inclinación que otros por el fomento del autoempleo. No es de extrañar por ello que los últimos anuncios realizados por la ministra de Empleo se hayan referido antes de nada a los emprendedores.

Así, el pasado 15 de enero anunció en el Senado una serie de medidas para evitar el embargo de inmuebles a autónomos con deudas contraídas con la Seguridad Social que responden con su vivienda habitual ante el fisco. El siguiente anuncio de la ministra de Empleo fue el de la ‘tarifa plana’ de 50 euros durante medio año para los emprendedores.

Si bien, sobre la mesa está también que los autónomos puedan compatibilizar la prestación por desempleo con alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante seis meses, ampliar las posibilidades de capitalización del desempleo para este colectivo o la ampliación de dos a cinco años del periodo en el que podrán volver a cobrar la prestación por desempleo en caso de que tengan que cerrar un negocio.

CEOE Y SINDICATOS RECLAMARON ESTA MEMORIA.

Tanto sindicatos como patronal han reclamado a lo largo de las negociaciones con el Ministerio de Empleo el contar con una memoria económica de la Estrategia para garantizar la efectiva aplicación de todas estas medidas.

De hecho, inmediatamente después de que la ministra de Empleo desvelara el pasado lunes una de las medidas ‘estrella’ del plan, la reducción de cuotas para emprendedores de menos de 30 años, con una ‘tarifa plana’ de 50 euros, el secretario general de CC.OO., Ignacio Fernández Toxo, recalcó que ésta y otras medidas sólo serían un “parche” si no contaban con recursos suficientes.

Dos días más tarde, el secretario general de UGT, Cándido Méndez, insistió en esta cuestión y llegó a decir que sin financiación adicional, el plan sería “una gota en el océano”.

Desde la CEOE la expectativa también es alta, aunque su director de Relaciones Laborales, José de la Cavada, se mostró algo más comprensivo con el Gobierno tras la reunión ‘a tres bandas’ del pasado miércoles y dijo entender las “dificultades para hacer una estimación (de estos recursos) porque tras ella hay expectativas de posible empleo que no son fáciles de acotar”.

LA ESTRATEGIA, “EN LAS PRÓXIMAS SEMANAS”.

Pese al avance que supone entrar a valorar la memoria económica de la Estrategia, Empleo calcula que aún habrá que esperar hasta las “próximas semanas” para ver culminado el plan.

Báñez confiaba en poder culminarlo en la reunión de este miércoles, dos días después de que tanto el presidente del Parlamento Europeo, Martín Schulz, y el comisario europeos de Asuntos Económicos, Olli Rhen, aprovecharán su participación en la conferencia para celebrar el 40 aniversario de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), celebrada en Madrid, para afear a España por sus cifras de desempleo juvenil y pedirle medidas urgentes.

Sin embargo, según apuntó la ministra de Empleo durante la sesión de control al Gobierno del miércoles, se trata de una batería de 100 medidas, de las cuales 15 son muy potentes, con lo que los flecos pendientes aún requieren tiempo.

Además, fuentes próximas al Gobierno han apuntado que la Estrategia podría estar entre los anuncios reservados al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para el Debate del Estado de la Nación de los días 21 y 22 de febrero.

Fuente: Europa Press

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La prórroga de los 400 euros del Plan Prepara para parados costará al menos 214,5 millones de euros

La prórroga del Plan Prepara –la ayuda de 400 euros para parados de larga duración que hayan agotado sus prestaciones y subsidios– decretada por el Consejo de Ministros el pasado 25 de enero supondrá un coste para las arcas públicas de al menos 214,5 millones de euros, según estima el Gobierno.

Así consta en la memoria del análisis de impacto normativo del decreto ley que prorroga esta ayuda, a la que ha tenido acceso Europa Press, y en la que se precisa que el coste de la prórroga ascenderá a 176 millones imputables a los Presupuestos de 2013 (82% del total), para cubrir las ayudas a los beneficiarios reconocidos febrero y mayo; más otros 38,5 millones de euros (18% del total) que se cargarán a las cuentas de 2014 por los beneficiarios de los tres restantes meses.

Aunque el Ejecutivo no precisa el número de personas que se beneficiarán de esta prórroga, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, afirmó en la rueda de prensa para presentar el decreto que estimaban que los beneficiarios fueran prácticamente los mismos que en 2012, cuando ascendieron a 297.089 personas, con una ejecución presupuestaria de 660,38 millones de euros.

“Se estima que el incremento de los beneficiarios será equivalente al que se espera se produzca entre los beneficiarios del programa vigente hasta el 15 de agosto de 2012 y el vigente hasta el 15 de febrero de 2013″, se apunta en la memoria.

UN CUARTO DE LOS BENEFICIARIOS PERCIBIRÁN EL 85% DEL IPREM

Con respecto a los requisitos para acceder al Prepara –que incluyen estar inscrito como demandante de empleo y carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores en cómputo mensual al 75% del IPREM (481 euros)–, el Gobierno estima que el 24% de los nuevos beneficiarios tendrán tres o más familiares a su cargo, por lo que el porcentaje se eleva hasta el 85% del IPREM para esos casos y tienen acceso a una ayuda de 450 euros.

Con respecto a las cargas administrativas, se reconoce que cada demandante del Prepara deberá abonar unos 105 euros, en concepto de 80 euros por solicitud presencial más 5 euros por cada documento que acompañe a la petición (facturas, documentos, etc.), que de media suelen ser cinco.

Con este decreto, que será convalidado el próximo jueves en el Pleno del Congreso, el Gobierno también mantiene las condiciones de acceso a estas ayudas y prevé su prórroga automática mientras el nivel de paro no baje del 20%.

CONTRATO DE FORMACIÓN Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO

Por otra parte, el decreto incluye también la ampliación “transitoria” hasta el 31 de diciembre de la posibilidad de formalizar contratos de formación y aprendizaje aunque no estén vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional, una posibilidad que según recoge la reforma laboral debía expirar el martes 12 de febrero.

El Gobierno también aprovecha este texto legislativo para mantener el derecho a la reposición de la prestación contributiva por desempleo, contemplado en la reforma laboral para los trabajadores que, tras haberse visto afectados por la suspensión de su contrato o la reducción de su jornada, finalmente sean objeto de despido.

La finalidad de esta medida, según el Ejecutivo, es “continuar favoreciendo la adopción de medidas temporales de regulación de empleo al no penalizar el consumo de la prestación por desempleo de los trabajadores” mediante la ampliación de los límites temporales de aplicación de esta posibilidad hasta el 31 de diciembre de este año (en el caso de suspensiones o reducciones) o hasta el final de 2014 (en el caso de despido).

Según la memoria, se estima que este año se producirán una media de 5.500 altas de reposición al mes, mientras que en todo 2014 sumarán un total de 66.000 altas. En función de estas cifras “no se estima un mayor coste” que el inicialmente previsto. Así, en el próximo ejercicio se producirá un coste de 300 millones de euros, incluidas las cotizaciones correspondientes.

SUBSIDIO AGRARIO

El decreto incluye, por otra parte, la previsión para reducir de 35 a 20 los jornales necesarios para acceder al subsidio o la renta agraria en Andalucía y Extremadura, una medida que busca paliar las dificultades de los agricultores de esas regiones, muy castigadas por la sequía. Según el Gobierno, los beneficiados por esta medida serán unos 750, en función del “escaso” número de denegaciones del subsidio y renta agraria por carecer de los 35 jornales entre septiembre y diciembre.

Así, la previsión total de gasto este año ascenderá a 965 millones, derivados de los 665 millones para los 115.000 beneficiarios mensuales de subsidios y 300 millones para los 62.000 receptores mensuales de la renta agraria.

La última modificación destacada que prevé el decreto hace referencia a la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, que regula los órganos con competencia para sancionar en el ámbito provincial.

Fuente: Europa Press

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El Gobierno aprueba la prórroga de las ayudas a los parados sin ingresos

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga del Plan Prepara, que incluye ayudas de 400 y 450 euros mensuales a los parados sin ingresos, y posteriormente prorrogará este plan automáticamente cada seis meses mientras que la tasa de paro no baje del 20%, según ha anunciado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

En una comparecencia ante los medios en Lima tras reunirse con el presidente de Perú, Ollanta Humala, Rajoy recordó que el Plan Prepara contempla una ayuda de 450 euros mensuales a los parados que han agotado su prestación y tienen más cargas familiares y 400 euros para el resto.

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar esta medida junto la Ley de Unidad de Mercado, que elimina restricciones a las que se enfrentan las empresas, “y otras ayudas para las personas que están en situación de más dificultad”, explicó Rajoy.

“Vamos a seguir haciendo reformas que traerán crecimiento y empleo, y vamos a seguir ayudando, en la medida que lo permitan los recursos públicos de que disponemos, a las personas que están en una peor situación”, dijo el jefe del Ejecutivo.

El PSOE aprobó en su último Comité Federal, celebrado el 12 de enero, una resolución por la que solicitaba al Gobierno que mantuviera de manera estable el Plan Prepara hasta que la tasa de desempleo bajara del 15%, algo que también han pedido los sindicatos.

Rajoy hizo este anuncio tras conocerse que España cerró 2012 con una tasa de paro del 26,02%, al borde de los seis millones de desempleados, tras sumar casi 700.000 nuevos parados en el conjunto del año y de destruirse más de 850.000 empleos.

LOS SINDICATOS: LA PROTECCIÓN ES MEJORABLE.

Desde UGT y CC.OO. se ha valorado con satisfacción el anuncio de Rajoy, aunque han destacado que la protección por desempleo es mejorable.

Así, el secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, ha señalado que los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) conocida ayer confirman que es “necesario mejorar la protección” de los desempleados.

En declaraciones a Europa Press, Ferrer, destacó que con su decisión de vincular la prórroga del Plan Prepara a una tasa de paro, el Ejecutivo “entra en la línea” que solicitaban los sindicatos, aunque éstos situaban el tope en el 15%.

Aún así, subrayó que los datos de la EPA han confirmado “la necesidad de mejorar la protección” de los desempleados ante una “cobertura económica insuficiente”, por lo que pidió revisar programas como el de la renta activa o el subsidio agrario.

Por su parte, el secretario de Comunicación de CC.OO., Fernando Lezcano, ha señalado que el anuncio del Gobierno va “en la dirección adecuada”, pero es una medida “manifiestamente mejorable”, ya que debía mantenerse hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%.

En declaraciones a Europa Press, Lezcano incidió en que el 20% sigue siendo “una tasa muy alta” y recordó que los sindicatos han estado reivindicando que se mantenga esta ayuda hasta que el paro se sitúe en el 15%.

Asimismo, subrayó que a la medida también le faltaría revisar los criterios que se introdujeron en la última reforma de la ayuda, que, según señaló, restringió el cupo de personas que podían haberse visto beneficiadas por el Plan Prepara.

Fuente: Europa Press

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GESTHA cree ‘injusto’ que las grandes empresas paguen 5 puntos menos que las pymes por sus beneficios

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) consideran ’injusto’ que las grandes compañías de nuestro país paguen de media en el Impuesto sobre Sociedades hasta cinco puntos menos que las pymes debido a las ’excesivas facilitades’ para minimizar e incluso eludir el pago de sus obligaciones fiscales, cruzando muchas veces ’la delgada línea roja’ que existe entre la elusión -uso abusivo de los instrumentos legales disponibles- y la evasión de impuestos.

En este sentido, señalaron que el Impuesto sobre Sociedades ofrece “múltiples vías de escape” que en la práctica reducen “excesivamente” el tipo nominal de las grandes empresas, pasando del 30% a situarse incluso por debajo del 17%, inferior al de buena parte de sus empleados en el IRPF.

Esto crea una evidente desigualdad fiscal frente a la carga del 22% de gran parte de las microempresas y el 20% de las pequeñas empresas (pese a partir de un tipo nominal inferior del 25%), o la carga del 19% que rondan las empresas de mediano tamaño.

Una prueba de las facilidades que encuentran las grandes empresas a la hora de minimizar el pago de sus impuestos son los datos relativos a las 105 mayores entidades de crédito, cuyo tipo medio efectivo se sitúa en tan solo el 16,08%, casi seis puntos menos que las microempresas.

A esta brecha fiscal hay que sumar los múltiples casos de “conflicto en la aplicación de la ley tributaria” en los que personas con grandes fortunas crean sociedades ex profeso para lograr reducir su carga impositiva, ya sea abusando de ventajas legales en determinados territorios -como es el caso de las Sociedades de promoción de empresas en las Haciendas Forales-, mediante la creación de SICAVs que en la práctica quedan en manos de un único inversor o a través de una sociedad patrimonial donde situar las rentas inmobiliarias.

Esta deficiente regulación ha permitido un desplome de los ingresos del Impuesto sobre Sociedades, que en cuatro años -de 2007 a 2011- descendieron en 28.212 millones de euros, lo que supone una reducción del 63%, que en ningún caso puede atribuirse únicamente a la crisis o a la evolución de la actividad económica del país en este periodo.

Modificaciones antes de los Presupuestos Generales

Los Técnicos de Hacienda instaron al Gobierno a que cumpla su compromiso y ponga en marcha lo antes posible medidas encaminadas a recuperar el desplome recaudatorio en el Impuesto sobre Sociedades, algo que a su juicio pasa necesariamente por modificar los tipos actuales, suprimir o limitar determinadas ventajas fiscales y reducir el fraude, sin necesidad de demorarlas hasta la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.

Así, Gestha propone la creación de un nuevo tipo impositivo del 35% para bases imponibles partir del millón de euros de beneficios, de tal forma que el tipo nominal se mantenga en el 30% vigente para los beneficios hasta un millón de euros, y se sitúe en el 35% para los beneficios a partir de esta cantidad.

Según las estadísticas, estas cifras millonarias son declaradas básicamente por las grandes empresas que facturan más de 45 millones de euros al año. Además, esta única medida permitiría recaudar 13.900 millones de euros adicionales cada ejercicio fiscal, reduciendo las diferencias con el tipo efectivo con las microempresas y pymes.

Por otro lado, y a fin de reducir los abusos, conflictos y fraudes, el colectivo reclamó la supresión de figuras como las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (Etves), limitar la participación máxima en las SICAV, revisar la tributación de las sociedades patrimoniales y de las unipersonales, y reducir el número de ajustes extracontables para acercar la cifra del resultado contable a la base imponible y que ésta no disminuya en 34.500 millones, como muestra la última estadística del impuesto.

En tercer lugar, los Técnicos propugnan que se les autorice a investigar posibles abusos y fraudes en las empresas de mayor dimensión, dado que actualmente están “limitados” a la investigación de autónomos y muy pequeñas empresas, con ventas por debajo de 5,7 millones de euros.

En este sentido, el colectivo indicó que “buena prueba de la miopía de la Agencia Tributaria estatal a la hora de enfrentarse al fraude” es su anacrónica clasificación como ’gran empresa’ a aquella que ingresa más de seis millones de euros anuales, límite que se mantiene inalterado desde hace más de veinte años, frente a las recomendaciones de la Comisión Europea de considerar ’grandes empresas’ a las que facturan más de 45 millones de euros.

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Programas de ayudas y subvenciones para autónomos

Cada Comunidad Autónoma cuenta hoy en día con sus propios programas de subvenciones para autónomos. Generalmente se trata de dinero que procede de fondos europeos al desarrollo o de programas nacionales, por lo que su funcionamiento es bastante similar de una comunidad autónoma a otra, con una serie de características comunes.

Características de los programas de subvenciones

  • La cuantía de una subvención puede variar en función de numerosos factores: perfil del autónomo, actividad del negocio, grado de innovación, forma jurídica, inversión a realizar, empleo a crear, impacto socioeconómico en su localidad y territorio de implantación, etc.
  • A pesar de la publicidad institucional, conseguirlas no es ni fácil, ni rápido ni seguro.
  • Las subvenciones a la inversión se suelen pagar después de ejecutar la misma, por lo que previamente tendrás que financiarla de otra forma.
  • Sólo suelen financiar una parte del dinero necesario. Normalmente exigen que el autónomo aporte algo de capital propio. Las Agencias de Desarrollo Local y las entidades que apoyan a los emprendedores en cada Comunidad Autónoma suelen ser las encargadas de su gestión. Debes acudir a ellos para su tramitación.
  • Se convocan en función de las necesidades que tenga un territorio (Comunidad Autónoma o Estado) y de las preferencias políticas.
  • Las bases de las convocatorias de subvenciones se publican en el BOE o en los diarios oficiales de las comunidades autónomas. Conviene que te hagas con ellas y las analices con detenimiento.
  • Las ayudas, por lo general, están limitadas en el tiempo, algunas se convocan todos los años dentro de un marco de ayudas plurianual, pero existen otras que únicamente se convocan para un período en concreto.
  • Algunas se rigen por el régimen de concurrencia competitiva (se valoran todas las solicitudes y se otorga la subvención a los proyectos que hayan sido mejor valorados) y otras por el de concurrencia no competitiva (se resuelve por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles), lo que obliga a ser rápido en su presentación.
  • Ya lo dice su nombre, una ayuda es un apoyo, un complemento, por eso nunca debe ser una de las patas sobre las que se sustente un negocio. Debes intentar conseguirlas pero no condicionar tu proyecto a ellas, más bien debes tener un plan A por si llegan y un plan B por si no.

Procedimiento a seguir

1. Solicitud: su presentación es la que inicia el expediente. Normalmente deberá ir acompañada de una memoria o plan de negocio del proyecto que demuestre su viabilidad y de la documentación administrativa requerida. Generalmente no puede realizarse ninguna inversión antes de presentar la solicitud. En ocasiones será necesario o conveniente presentar otra documentación complementaria como facturas proformas o presupuestos, currículum de los promotores, memorias técnicas para proyectos de I+D o estudios de mercado.

2. Resolución positiva o negativa por parte del organismo que gestione el programa de subvenciones. La resolución suele demorarse entre 3 y 12 meses dependiendo de la línea de ayuda y la Comunidad Autónoma.

3. Justificación y cobro: antes de cobrar será necesario presentar una documentación complementaria que justifique el cumplimiento de la memoria presentada (alta de los promotores, facturas y justificantes de pago de las inversiones realizadas, puestos de empleo a crear) además de ser necesario estar al día con Hacienda y la Seguridad Social.

4. Seguimiento: una vez cobrada la ayuda, el expediente pasa a una fase de seguimiento en la que el organismo gestor de la ayuda podrá solicitarte cualquier documento que considere pertinente que le permita justificar los requisitos de mantenimiento de empleo e inversión durante el periodo requerido.

Programa de promoción del empleo autónomo

Se trata de un programa de ámbito nacional regulado por la Orden TAS/1622/2007 de 5 de junio y dirigido a personas desempleadas. Está gestionado por las Comunidades Autónomas, generalmente a través de sus Consjerías de Empleo, y por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellos casos en que aquéllas no hayan asumido competencias en la materia y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Contempla cuatro tipos de ayudas:

1. Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia hasta un máximo 10.000 euros, a determinar por la Comunidad Autónoma para los siguientes:

Desempleados en general.

Jóvenes desempleados de 30 o menos años.

Mujeres desempleadas.

Desempleados con discapacidad.

Mujeres desempleadas con discapacidad.

En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades anteriores se incrementarán en un 10 por ciento.

2. Subvención financiera.

Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, siendo el límite de la subvención un máximo de 10.000 euros. El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75 por ciento, a financiar inversiones en inmovilizado fijo, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000 euros.

3. Subvención para asistencia técnica.

La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000 euros.

4. Subvención para formación.

La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros.

En éstos enlaces puedes consultar sus características y procedimiento en cada Comunidad Autónoma:

Andalucía:

Aragón:

Principado de Asturias

Illes Balears

Canarias

Cantabria

Cataluña

Castilla la Mancha

Castilla León

Extremadura

Galicia

La Rioja

Comunidad de Madrid

Región de Murcia

Navarra

País Vasco

Comunitat Valenciana

Programas de apoyo a la creación y modernización de empresas

Las Comunidades Autónomas ofrecen programas enfocados sobre todo a fomentar la creación de empresas innovadoras e industriales, financiando entre el 15% y el 50% de la inversión a realizar. También suelen ofrecer bonificaciones en los tipos de interés de la financiación bancaria y ayudas para fomentar la competitividad empresarial.

En los siguientes enlaces puedes identificar algunos programas y las entidades gestoras en cada Comunidad Autónoma:

Andalucía:

Principado de Asturias:

Aragón:

Illes Balears:

Canarias:

Cantabria:

Cataluña:

Castilla la Mancha:

Castilla León:

Extremadura:

Galicia:

La Rioja:

Comunidad de Madrid:

Region de Murcia:

Navarra:

País Vasco:

Comunitat Valenciana:

Más programas de subvenciones

Casi todas las Comunidades Autónomas disponen de los siguientes programas de ayuda:

  • Ayudas al autoempleo femenino: consulta en el Instituto de la Mujer de tu Comunidad.
  • Ayudas sectoriales, generalmente para el comercio, el turismo, la agricultura o la artesanía. Consulta en las respectivas Consejerías de cada Comunidad Autónoma.
  • Ayudas a la creación de empresas de economía social.
  • Ayuda a proyectos I+E (Innovación + Empleo)
  • Además, si quieres empezar un negocio en el ámbito rural debes dirigirte al grupo de desarrollo rural de tu comarca y preguntar por las ayudas de los fondos Leader y Proder, que pueden ser muy interesantes.

Fuente: Infoautónomos

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Prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave

Cuidado de hijoEn la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 se anunció una ampliación de la acción protectora de la Seguridad Social, incorporando una prestación económica destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada laboral para cuidar a menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que ha sido definitivamente aprobada mediante RD 1148/2011, de 29 de julio (BOE de 30 de julio de 2011).

La norma que entró en vigor el día 1 de agosto de 2011 tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2011 y será de aplicación a todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, con la única excepción del personal funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

La reducción de la jornada deberá ser como mínimo de un 50% de la jornada de trabajo que lleven a cabo los padres, adoptantes y acogedores de carácter familiar preadoptivo o permanente, cuando ambos trabajen y se exige tener cubierto unos períodos mínimos de cotización para los progenitores entre 21 y 26 años de 90 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores o 180 días a lo largo de toda su vida laboral y de 180 días igualmente dentro de los siete años anteriores o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral para los mayores de 26, no exigiéndose período mínimo de cotización para los menores de 21 años.

La prestación económica se concreta en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales o, en su caso, la derivada de contingencias comunes, aplicando el porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo.

Se tendrá derecho al subsidio a partir del mismo día en que dé comienzo la reducción de jornada correspondiente, siempre que la solicitud se formule en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjo dicha reducción. El subsidio se reconocerá por un periodo inicial de un mes, prorrogable por periodos de dos meses cuando subsista la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor y, como máximo, hasta que éste cumpla los 18 años.

 

Fuente: Martín González Asesores

Foto: Jurados Creación

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